SANTO DOMINGO, R.D.- Al admitir la aplicación del procedimiento penal abreviado presentado por el Ministerio Público, una jueza del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana condenó a un año de prisión y al pago de una multa de 25 salarios mínimos a un hombre que envenenó más de una docena de perros, un gato y varias gallinas.
Eduardo Corporán De Aza, acusado de incurrir en biocidio, fue condenado a la pena máxima establecida para esos casos en la Ley No. 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable. La sentencia fue dictada luego de que se declarara culpable de los hechos ocurridos en el sector Barrio Blanco, de La Romana.
Dicha norma sanciona con un año de prisión a los acusados por biocidio y a dos años si la persona es reincidente en esos hechos ilícitos.
Corporán De Aza cumplió dos meses de prisión preventiva por el caso. La sentencia establece la suspensión de los diez meses restantes, durante los cuales el sentenciado deberá someterse a varias reglas establecidas en el artículo 41 del Código Procesal Penal.
La enlace nacional de Protección Animal del Ministerio Público, Roxanna Reyes Acosta, valoró la sentencia condenatoria y destacó que los resultados fueron obtenidos en tiempo récord luego de que se registraran los lamentables hechos el pasado mes de junio. La investigación fue realizada por la fiscal Yalissa Marina Candelario Rijo.
El expediente señala a Corporán De Aza como responsable de la muerte por envenenamiento de cinco cachorros y un chihuahua, así como de un gato y varias gallinas, ocurrida en el indicado sector el 1 de junio de 2025. Posteriormente, los vecinos encontraron otro perro con graves quemaduras en su cuerpo, lo cual también le desencadenó la muerte.
El 14 de junio los residentes de Barrio Blanco también detectaron la muerte de otros seis perros, una de ellas gestante, y un gato, los cuales, igualmente, presentaban síntomas de envenenamiento. También, precisa que murieron varias gallinas que comieron del veneno.
La fiscal Yalissa Marina Candelario Rijo realizó el proceso penal abreviado, aceptando el imputado su culpabilidad en el caso.
Dicho acuerdo fue admitido por la jueza interina Denia Beras de Mota, quien ordenó su notificación al Juez de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís.
Durante el plazo de prueba igual a la totalidad de la pena suspendida, Corporán De Aza deberá residir en un domicilio fijo, abstenerse de visitar ciertos lugares o personas que tengan que ver con el tipo penal que se le imputa, además de abstenerse de viajar al extranjero y de abusar de bebidas alcohólicas en lugares públicos.
De igual manera, deberá aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación o formación impartidos por el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep), la Escuela Vocacional o cualquier otro centro de su elección.
En el plazo de la pena suspendida además deberá prestar treinta (30) horas de trabajo de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro, fuera de sus horarios habituales de trabajo remunerado, así como abstenerse del porte o tenencia de armas y de maltratar a los animales.
La sentencia advierte a Corporán De Aza que el incumplimiento del acuerdo da como resultado cumplir la pena impuesta de manera íntegra en prisión.
El expediente fue sustentado con suficientes pruebas testimoniales, periciales, documentales, materiales y procesales, con las cuales se estableció que el ahora condenado violó las disposiciones contenidas en los artículos 61, numerales 3, 6 y 8, y 66 de la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable.
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