Por ORLANDO ARIAS

El periodista y abogado David R. Lorenzo informó que entregó este miércoles en la Secretaría de la Cámara de Diputados, sus propuestas de modificación de varios artículos del nuevo Código Penal Dominicano.

Lorenzo, quien además es abogado, dirigente gremial y director del periódico digital «libertaddeexpresion. net», dijo que por asuntos de prudencia, solo hizo doce propuestas. Entre ellas, la reformulación del artículo 192, que tiene que ver con la difusión de audios o imágenes sin consentimiento.

También, solicitó agregar otro artículo para que se sancione a las personas que comparten videos o imágenes difundidas por una persona, en medios de los comunicación y redes sociales sin el consentimiento, porque contribuyen a la propagación y multiplicación del delito.

Por igual, propuso la definición en el Código Penal de los derechos del honor, la vida privada o el derecho de intimidad, el buen nombre y el derecho de imagen.

Asimismo, solicitó agregar otro artículo para que se establezcan, siete excepciones a la exigencia del consentimiento para la publicación de audios, imágenes o videos sin el consentimiento, que son a) Que la persona participe en actos públicos; b) Cuando la imagen de las personas sea accesoria respecto del hecho relevante o noticioso del que se pretende informar; c) Que exista un interés noticioso, científico, cultural, histórico o educacional prioritario, y se tomen las precauciones suficientes para evitar un daño innecesario con la persona y d) Que se trate del ejercicio regular del derecho de informar sobre acontecimientos de interés general;  

También, e) Cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión u oficio de notoriedad o proyección pública, siempre y cuando no afecte su vida privada. f) Cuando la difusión pudiera tener un evidente interés público o la información sea indispensable para revelar hechos de corrupción, un crimen y otros delitos graves, y su divulgación resulte proporcional al fin perseguido y g) Cuando se trate de exhibicionismo o la realización de relaciones sexuales en las vías públicas.

En la propuesta pidió que se agregara otro artículo para reforzar el derecho de imagen de los menores de edad. En ese sentido, dijo que propuso 19 casos en los que no se pueden publicar imágenes de menores, y 5 en que sí.

En cuanto a la difamación, la injuria y el ultraje, expresó que sugirió que se agregue un artículo en el que se castigue a los responsables de la difamación, la injuria y el ultraje en las secciones de comentarios de los periódicos digitales y redes sociales.

En ese mismo sentido, solicitó la incorporación de otro artículo en la que los directores de periódicos digitales y los propietarios de cuentas en las redes sociales tengan la responsabilidad de eliminar los comentarios ofensivos, por mutuo propio o a petición de los afectados.

Por igual, agregó que sugirió la incorporación de otro artículo en la que se castigue a las personas que usen malas palabras, insultos, groserías, obscenidades, corrupción del lenguaje, palabras e imágenes perversa y frases de doble sentido que atenten contra la moral y la buena costumbre de los dominicanos.

También, pidió castigo a los que compongan, canten y difundan canciones pervertidas, con palabras obscenas, vulgares, con apologías al sexo, al odio, y al desprecio y humillación del hombre o la mujer.

Asimismo, planteó que se establezca que no darán lugar a persecución penal, los juicios paralelos que realicen los periodistas sobre procesos y decisiones judiciales, siempre y cuando no sobrepasen los límites de la libertad de expresión.

Por igual, planteó que el periodista, o quien haga las veces de periodista de una manera continua y notoria, goce de la protección de los derechos protegidos, siempre y cuando actúe dentro de la Ley.

Finalmente pidió que bajo ninguna circunstancia se pueda aplicar penas privativas de libertad a los periodistas, por los delitos de prensa que puedan cometer dentro del ejercicio profesional contra funcionarios públicos y casos de interés público, al menos que excedan los límites de la libertad de expresión, utilicen la venganza, intereses políticos, la extorsión y el empleo de informaciones falsas y documentos adulterados.

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